Asambleas públicas para decidir sobre la constitucionalidad de la educación religiosa

Se producen en el marco de una causa judicial contra la obligatoriedad de la enseñanza religiosa que rige en las escuelas públicas primarias de Salta, Argentina. Madres de escolares piden la inconstitucionalidad de una ley de la conservadora provincia, que establece la religión obligatoria en las escuelas públicas.

Era un debate prácticamente superado en Argentina desde 1884, cuando se dispuso una suerte de garantía de la laicidad a través de la Ley de Educación Común 1420. Esta establecía que sólo se podía enseñar religión en las escuelas públicas antes o después del horario de clases. En otras palabras: por fuera de la currícula obligatoria.  

Sin embargo, acorde a las nuevas olas conservadoras que predominan en la región, Argentina hoy discute la constitucionalidad de la educación pública religiosa. La Corte Suprema de Justicia comenzó en agosto las audiencias públicas, para escuchar distintas voces como paso previo para decidir sobre la inconstitucionalidad de la ley que pretende establecer la religión obligatoria en las escuelas públicas.

En los años 90, cuando las provincias se hicieron cargo de la educación primaria y secundaria, algunas jurisdicciones cambiaron el criterio que había sido resuelto en el siglo XIX.  En 2008, la provincia de Salta fue aún más allá y sancionó una ley que establece que es un derecho de las madres y los padres que sus hijos reciban en la escuela pública educación religiosa (católica) dentro del horario escolar y como parte obligatoria de la currícula. 

Ante esta situación, un grupo de madres y padres y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) presentaron una demanda judicial por considerar que la normativa salteña discrimina a la parte del alumnado que no es católica y viola la libertad de pensamiento que garantiza la Constitución Nacional. 

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